La Junta de Gobierno acuerda dotar de autonomía propia al Consejo Municipal de Igualdad y aprueba su proyecto de reglamento
El ejecutivo local dio luz verde al proyecto de Reglamento del Consejo Municipal de Igualdad del Ayuntamiento de Santiago de Compostela, que tendrá que ser elevado al Pleno de la Corporación para la aprobación inicial.
Con el proyecto de nuevo reglamento aprobado en Junta de Gobierno, el ejecutivo busca dotar de autonomía propia el Consejo Municipal de Igualdad, integrado hasta ahora a través de una comisión sectorial en el Consejo de Familia, Bienestar Social e Igualdad. Con este acuerdo, pasaría a ser un órgano independiente funcional y normativamente.
El nuevo reglamento determina, pues, la organización y el funcionamiento del Consejo Municipal de Igualdad. El título I recoge las disposiciones generales definiendo en su artículo 4 las funciones del Consejo, relacionadas todas ellas directamente con el fomento de la participación en aquellos aspectos de la vida municipal que directa o indirectamente puedan afectar a materias vinculadas con la igualdad y la diversidad afectivo-sexual.
El título II regula la composición y selección del Consejo, que se basará en criterios de pluralidad y diversidad. El Pleno estará presidido alcaldesa y cuenta, además, con una Vicepresidencia. El Consejo, podrá incorporar como vocales las personas y entidades vinculadas y no vinculadas al Ayuntamiento de acuerdo con criterios de pluralidad. Por su parte, el título III regula el funcionamiento y desarrollo de las sesiones.
El Reglamento del Consejo Municipal de Igualdad del Ayuntamiento de Santiago de Compostela tiene por objeto promover, en el ámbito local, la igualdad en la diversidad y la eliminación de toda forma de discriminación y desigualdad que inciden sobre las mujeres y sobre las personas en general por motivo de las diversidades existentes –funcional, origen u origen étnico, racial, cultural, y diversidad afectivo-sexual-.
Así, se prevé que el Consejo emita informes y dictámenes sobre temas relacionados con las políticas sectoriales dirigidas al conjunto de la ciudadanía; impulse iniciativas para la aprobación de disposiciones municipales referentes al ámbito de competencia del Consejo; asesore al Ayuntamiento y promueva el debate y el conocimiento de la ejecución de las políticas, planes y programas municipales en el que se concretan las políticas en materia de igualdad y diversidad afectivo-sexual; elabore propuestas, enmiendas, y sugerencias; colabore en la puesta en marcha de actuaciones sobre las principales preocupaciones y temáticas de interés; potencie la participación diversa y plural de la ciudadanía, etc.